Enero 13 de 2021

Incremento establecido por la ley

Los contratos de arrendamiento generalmente se realizan por periodos anuales, y al concluir ese tiempo se pueden renovar, sin embargo, el casero puede hacer un aumento de hasta 10% sobre el monto vigente.

Para hacer válido el nuevo monto, el incremento se debe estipular en el nuevo contrato bajo el común acuerdo de las partes interesadas. Los aspectos a considerar en esta variación son la zona donde se ubica el inmueble, el tipo de propiedad, tamaño, servicios, inversión en reparaciones, su costo en el mercado y la cantidad de oferta y demanda en la colonia.

De acuerdo con el Artículo 2448-D del Código Civil Federal, se explica que los costos deberán fijarse en moneda nacional, con incrementos anuales, esto es válido solo en rentas que no excedan los 150 salarios mínimos generales vigentes, es decir 13,254 pesos, y el incremento no podrá superar el 10% de la cantidad pactada.

Si la renta es menor a 150 salarios mínimos, el aumento deberá tener un tope de 10% anual. En caso de ser mayor, se deberá someter a negociación entre el dueño y el inquilino. Por ello es importante que antes de firmar tu contrato leas bien todas las cláusulas y así evites conflictos en el futuro.

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Esto es lo que debes saber sobre el incremento anual en los contratos.

El panorama actual

Durante la mayor parte de la pandemia, la vivienda en renta en nuestro país fue uno de los productos inmobiliarios más atractivos debido a que la población necesitaba mejorar sus condiciones y calidad de vida y era una alternativa a la compra de propiedades.

Especialistas en el sector afirmaron que la ocupación de desarrollos y departamentos se ha mantenido cerca del 85% y que han observado una disminución del 9% en la oferta y la demanda con respecto al 2019.

Esto se debió a que muchos inquilinos decidieron terminar o negociar los contratos con las arrendadoras para buscar otras opciones como rentar un espacio más accesible en costo, con mejores amenidades o compartir gastos con roomies o familiares.

fuente: Inmuebles24

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